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Consentimiento informado para entrevistas: modelo y qué debe incluir

Actualizado el 12 de octubre de 2026 · 11 min de lectura · Por Spire Light

El consentimiento informado es el acuerdo que da una persona para participar en tu investigación después de recibir información clara sobre lo que implica. En las entrevistas de un TFG o TFM se apoya en dos documentos: una hoja de información, que explica el estudio y qué pasará con los datos, y un formulario de consentimiento, que la persona firma.

¿Qué es el consentimiento informado?

En investigación, la palabra «consentimiento» tiene dos sentidos. Uno es ético: la persona acepta participar en tu estudio. El otro es jurídico: en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), el consentimiento es una de las bases legales que permiten tratar datos personales, y la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD) lo define como «toda manifestación de voluntad libre, específica, informada e inequívoca». El primero lo necesitas siempre. El segundo solo es la base legal si tu universidad lo ha elegido así.

Libre significa que la persona puede negarse sin consecuencias: cuidado con las relaciones de dependencia, como entrevistar a tu propio alumnado. Informado, que sabe antes de empezar qué buscas, qué grabarás y quién verá los datos. Específico, que acepta por separado participar, ser grabada y que la cites.

Todo tratamiento de datos personales necesita una base legal del artículo 6 del RGPD. El registro de actividades de tratamiento de la Universidad Autónoma de Madrid, por ejemplo, recoge dos para la investigación: el consentimiento (art. 6.1.a) y el cumplimiento de una misión realizada en interés público (art. 6.1.e).

Elegir la base legal no te corresponde. Pregunta a tu tutor o tutora, o al delegado o delegada de protección de datos de tu universidad, quién es el responsable del tratamiento, qué base legal se aplica y qué modelos debes usar.

La base legal cambia lo que pides. Si es el consentimiento, el formulario recoge por separado el consentimiento para el tratamiento de datos, y si hay varias finalidades, la LOPDGDD exige que conste de forma específica e inequívoca para todas ellas. Si es el interés público, la persona acepta igualmente participar en la entrevista, pero ese acuerdo no es la base legal del tratamiento. Para categorías especiales de datos, como la salud, la ideología o el origen étnico, se aplican condiciones adicionales: avisa a tu tutor o tutora desde el principio.

La hoja de información y el formulario, paso a paso

La hoja de información explica; el formulario recoge el acuerdo. Pueden ir en un mismo documento. Parte del modelo de tu universidad o de su comité de ética, si lo hay. La AEPD, en su guía para el cumplimiento del deber de informar (hoy «en revisión»), recomienda informar por capas: primero una tabla de «Información básica sobre protección de datos» con el responsable, la finalidad, la legitimación, los destinatarios y los derechos, y después el resto en un segundo nivel. Comprueba estos pasos:

  1. 1

    Preséntate y presenta el estudio

    Tu nombre, tu grado o máster, tu tutor o tutora y el objetivo del trabajo.
  2. 2

    Describe la participación

    Duración, lugar o videollamada, grabación, transcripción y uso de citas en el trabajo.
  3. 3

    Nombra al responsable y la base legal

    Tal como los fije la universidad, con el contacto de su delegado o delegada de protección de datos.
  4. 4

    Di quién verá los datos y dónde se guardan

    Tú, tu tutor o tutora y, en las citas, el tribunal. Si un servicio en línea trata las grabaciones, nómbralo y di si los datos salen de la Unión Europea.
  5. 5

    Indica cuánto tiempo guardas cada cosa

    La grabación, las transcripciones y los formularios firmados, con un plazo o un criterio concreto.
  6. 6

    Explica los derechos y la retirada

    Acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad, oposición o retirada del consentimiento, según la base legal, y el derecho a reclamar ante la AEPD.
  7. 7

    Pon casillas separadas

    Una por acuerdo y sin marcar de antemano: participar, ser grabada, que se citen fragmentos y, si el consentimiento es la base legal, el tratamiento de datos.

Ejemplo ficticio: un formulario de consentimiento

Este formulario ficticio acompaña al TFG de Lucía de la guía sobre la entrevista semiestructurada. Los corchetes señalan lo que copias de los modelos de tu universidad.

Ejemplo ficticio: formulario de consentimiento para una entrevista

Formulario de consentimiento: «Estudiar a una hora de casa» (TFG, Grado en Sociología)

He leído la hoja de información del [fecha], he podido hacer preguntas y me las han respondido. Participo libremente y sé que puedo dejar la entrevista en cualquier momento sin dar explicaciones. [Texto de la universidad sobre qué pasa con mis datos si me retiro.]

Marca las casillas con las que estás de acuerdo:

☐ Acepto participar en una entrevista de una hora aproximadamente.

☐ Acepto que la entrevista se grabe (solo audio).

☐ Acepto que se citen fragmentos en el TFG con un seudónimo y sin datos que permitan reconocerme.

☐ [Solo si el consentimiento es la base legal:] Consiento el tratamiento de mis datos personales en las condiciones de la hoja de información.

[Información básica sobre protección de datos: responsable, finalidad, legitimación, destinatarios y derechos, como en la hoja de información.]

Nombre, fecha y firma de la persona participante: __________

Nombre, fecha y firma de quien realiza la entrevista: __________

El formulario no promete anonimato, y sus casillas separadas permiten aceptar la entrevista pero no la grabación; en ese caso tomas notas.

Grabar la entrevista: la voz identifica a quien habla

Para la AEPD, un dato personal es cualquier información que permita identificar a una persona «directa o indirectamente», también mediante elementos propios de su identidad física. Una voz grabada permite reconocer a quien habla, y lo que cuenta añade pistas. Por eso una grabación contiene datos personales aunque nadie diga su nombre.

Sea cual sea la base legal, la persona tiene que saber antes de empezar que vas a grabar, qué grabas (voz, imagen o ambas), para qué y quién lo escuchará: el deber de informar del artículo 13 del RGPD no depende de la base legal. En una investigación, además, no se graba a nadie sin su acuerdo. Pon una casilla específica para la grabación y vuelve a confirmarlo al empezar a grabar.

¿Vale el consentimiento verbal? El RGPD admite «una declaración verbal» (considerando 32), pero quien trata los datos debe poder demostrar el consentimiento (art. 7.1). Por escrito es más fácil de probar, tu universidad puede exigirlo y, en la investigación biomédica de la Ley 14/2007, es obligatorio. Si se admite el verbal, lee lo esencial de la hoja al principio de la grabación, pide un sí claro para cada punto y conserva ese fragmento.

Muchas universidades deciden qué aplicaciones y equipos se pueden usar en entrevistas con datos personales, y algunas no permiten ni la grabadora del teléfono ni otras aplicaciones. Si usas un servicio en línea, la hoja tiene que decir adónde van los datos. Con Spirelight, la transcripción se hace en servidores de AssemblyAI en la UE, los archivos y las transcripciones se guardan en Google Firebase en Estados Unidos, y las funciones de IA, como el resumen y el chat, se procesan con OpenAI en Estados Unidos. Eso tiene que figurar en la hoja de información y, si un comité de ética evalúa tu proyecto, también en la solicitud.

Consulta primero las normas de tu universidad: la voz identifica a quien habla, y Spirelight no ofrece contrato de encargado del tratamiento. Ese contrato lo firmaría tu universidad, no tú. Si tu universidad lo permite, puedes transcribir tus entrevistas con Spirelight y poner seudónimos a los hablantes antes de exportar a Word.

Spirelight permite también enviar un formulario de consentimiento digital antes de una llamada grabada: la persona firma en el navegador y recibe una copia por correo, con un enlace para retirar el consentimiento. Su nombre, dirección, correo y firma se guardan en Google Firebase, en Estados Unidos. Las plantillas solo existen en inglés y en danés, con un texto fijo y una sola firma, sin casillas separadas. Describen los derechos como si la base legal fuera el consentimiento, dicen que la persona aparecerá de forma anónima por defecto y no mencionan las funciones de IA. Úsalas solo con el visto bueno de tu universidad y siempre junto a su hoja de información en español.

Conservación, seudonimización y anonimización

El RGPD no fija un plazo único: los datos que identifican a una persona se guardan «durante no más tiempo del necesario» para los fines del tratamiento (art. 5.1.e), aunque en investigación caben plazos más largos con garantías adecuadas. Sigue los plazos de tu universidad y anótalos en la hoja de información: cuándo borras la grabación, cuánto tiempo guardas las transcripciones y qué pasa con los formularios firmados, que se guardan aparte porque llevan nombres.

Seudonimizar es sustituir los nombres por códigos o seudónimos y guardar aparte la tabla que los relaciona. Según la AEPD, los datos seudonimizados, que «pueden identificar a una persona física mediante la utilización de información adicional», siguen siendo datos personales (pregunta frecuente de la AEPD). Los datos solo se consideran anonimizados si no hay «una probabilidad razonable» de identificar a la persona, y entonces el RGPD deja de aplicarse. Mientras conserves la grabación o la tabla de seudónimos, tus transcripciones están seudonimizadas: escribe «confidencial» en la hoja de información, no «anónimo».

El Comité de Ética de la Investigación y los menores

Que tu TFG o TFM pase por un Comité de Ética de la Investigación (CEI) depende del estudio y de tu universidad. La investigación biomédica de la Ley 14/2007, por ejemplo con procedimientos invasivos o muestras biológicas, necesita el informe del CEI. Para las entrevistas, cada universidad decide. En la Universidad Politécnica de Cartagena, los TFG y TFM que trabajan directamente con personas, por ejemplo con entrevistas, necesitan el informe favorable de su CEI, que solicita quien tutoriza el trabajo. En la Universitat de València, en cambio, el Comité de Ética de Investigación en Humanos no evalúa con carácter general los TFG y TFM; en casos excepcionales, como una tarea especialmente sensible o una publicación prevista, el tutor o la tutora pide el informe para el proyecto de investigación en el que se integra el trabajo. Pregunta pronto: ese comité no evalúa estudios ya empezados.

Si vas a entrevistar a menores, separa dos preguntas. La primera es quién consiente el tratamiento de datos cuando la base legal es el consentimiento. Según el artículo 7 de la LOPDGDD, el propio menor solo puede hacerlo si es «mayor de catorce años» y ninguna ley exige para ese acto la intervención de sus padres o tutores, como la Ley 14/2007 en la investigación biomédica; por debajo de esa edad hace falta el consentimiento de quien ejerce la patria potestad o la tutela, como recuerda la AEPD. Un proyecto para subirla a 16 años caducó en octubre de 2026: comprueba el texto vigente.

La segunda pregunta vale sea cual sea la base legal: quién autoriza que el menor participe y sea grabado. Para grabar su imagen, la Ley Orgánica 1/1982 pide el consentimiento del menor si su madurez lo permite y, si no, el de su representante legal por escrito, con aviso previo al Ministerio Fiscal. Lo demás lo fijan tu universidad y su comité, y no todas lo resuelven igual. En la Universitat de València, por debajo de los 14 años firman el consentimiento ambos progenitores siempre que sea posible, o el tutor legal; desde los 12 años, el menor tiene derecho a ser oído, y quien esté en contacto con los menores o con sus datos debe aportar el certificado negativo de delitos sexuales. La Facultad de Educación de la Universidad de Cantabria pide que el tutor legal firme el consentimiento de cualquier menor y que, además, se informe al menor y se recoja su asentimiento. Explica siempre el estudio al menor con palabras que entienda, y no sigas si no quiere.

Revocar el consentimiento: qué se puede retirar y qué no

Una persona puede dejar de participar cuando quiera. Lo que pasa con los datos ya recogidos depende de la base legal:

  • Consentimiento. Puede retirarlo en cualquier momento, y retirarlo debe ser tan fácil como darlo. Lo que hiciste antes sigue siendo lícito, pero después ya no puedes tratar sus datos con esa base (art. 7.3 del RGPD).
  • Interés público. No hay consentimiento que retirar en sentido jurídico. La persona puede oponerse al tratamiento, salvo que sea necesario para una misión realizada en interés público, como prevé el artículo 21.6 del RGPD para la investigación.
  • Excepciones de la investigación. El derecho de supresión puede no aplicarse si borrar los datos hiciera imposible u obstaculizara gravemente los objetivos de la investigación (art. 17.3.d). Esa valoración corresponde a la universidad, no a ti.
  • Datos anonimizados o publicados. Lo que es realmente anónimo ya no permite separar lo que dijo una persona. Una cita en un TFG ya depositado o defendido tampoco se puede retirar.

No prometas borrarlo todo «en cualquier momento» si no es cierto: usa el texto de tu universidad y di hasta cuándo es posible retirarse, por ejemplo hasta que anonimices las transcripciones. Identifica a cada participante con un código, como E3, para encontrar sus datos mientras aún se puedan retirar.

Preguntas frecuentes

¿Qué debe incluir un consentimiento informado?
La hoja de información explica el estudio y la participación, nombra al responsable del tratamiento y la base legal, y dice quién verá los datos, dónde se guardan, cuánto tiempo y qué derechos tiene la persona. El formulario confirma que ha leído la hoja y ha podido preguntar, y lleva una casilla por cada acuerdo (participar, ser grabada, que se citen fragmentos y, si es la base legal, el tratamiento de datos), el texto de la universidad sobre la retirada, nombres, fechas y firmas.
¿Se puede grabar una entrevista sin consentimiento?
En una investigación, no. La voz identifica a quien habla, así que la grabación contiene datos personales aunque no aparezca ningún nombre. Sea cual sea la base legal, la persona tiene que saber antes de empezar que grabas, qué grabas, para qué y quién lo escuchará, y estar de acuerdo. Si es menor, quién lo autoriza lo fijan tu universidad y su comité de ética; para grabar su imagen, la Ley Orgánica 1/1982 pide además su consentimiento o, si no tiene madurez suficiente, el de su representante legal. Si la persona no quiere que grabes, toma notas.
¿Puede un participante retirarse?
Sí, puede dejar de participar cuando quiera y sin dar explicaciones. Qué pasa con sus datos depende de la base legal: si es el consentimiento, puede retirarlo en cualquier momento y después ya no se tratan sus datos con esa base; si es el interés público, puede oponerse, salvo que el tratamiento sea necesario para una misión de interés público. Los datos realmente anonimizados y las citas de un trabajo ya depositado no se pueden retirar.
¿Vale el consentimiento verbal?
Puede valer: el RGPD admite una declaración verbal, siempre que se pueda demostrar que se dio. Por escrito es más fácil de probar, tu universidad puede exigirlo y en la investigación biomédica de la Ley 14/2007 es obligatorio. Si se admite el verbal, lee lo esencial de la hoja de información al principio de la grabación, pide un sí claro para cada punto y conserva ese fragmento.

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